Legalidad: Qué puedo hacer si usan mi marca? Tipos de infracciones y acciones para defender mi derecho

En este segundo post, os vamos a contar qué tipo de infracciones del derecho de marca pueden darse y las acciones que podéis utilizar para proteger el derecho de uso de la misma.
Como ya os dijimos, el registro de vuestra marca os confiere un derecho de uso exclusivo sobre ella, pero además os permite impedir que terceros la usen.
En el art. 34.3 de la Ley de Marcas se regulan diferentes prohibiciones para terceros, es decir, se detallan aquellas actuaciones que pueden suponer la infracción de vuestro derecho de marca, como son:
a) Que un tercero ponga vuestro signo o marca en sus productos o en la presentación de ellos.
b) Que un tercero ofrezca, comercialice o almacene productos o preste servicios con vuestro signo distintivo.
c) Que se importen o se exporten otros productos con vuestro signo o marca.
d) Que utilicen vuestro signo o marca en documentos mercantiles y en publicidad.
e) Que usen vuestra marca o signo en redes de comunicación telemáticas o como nombre de dominio.
f) Y en último lugar, que pongan vuestro signo en envoltorios, embalajes, etiquetas u otros medios de identificación u ornamentación del producto o servicio, elaborarlos; o bien prestarlos, o fabricar, etc. cualquiera de esos medios incorporando vuestro signo. Si con ello existe la posibilidad de que dichos medios puedan ser utilizados para realizar algún acto que conforme a las actuaciones anteriores estaría prohibido.
En el supuesto caso de que un tercero realizasen alguna de estas acciones prohibidas, estaría vulnerando vuestro derecho de marca, por lo que como titulares de la misma y para frenar o eliminar dicha intromisión podríais:
1º.- Solicitar la cesación de los actos que violen vuestro derecho.
2º.- Solicitar una indemnización por los daños y perjuicios sufridos.
3º.- Solicitar la adopción de las medidas necesarias para evitar que prosiga la violación, como por ejemplo:
• que se retiren del tráfico económico los productos, embalajes, envoltorios, material publicitario, etiquetas u otros documentos en los que se haya materializado la violación del derecho de marca,
• el embargo o la destrucción de los medios principalmente destinados a cometer la infracción.
4º.- Solicitar la destrucción o cesión con fines humanitarios, a elección del actor, y siempre a costa del condenado, de los productos ilícitamente identificados con la marca, que estén en posesión del infractor.
5º.- Solicitar la atribución en propiedad de los productos, materiales y medios embargados.
6º.- Solicitar la  publicación de la sentencia a costa del condenado.
Para poder llevar a cabo estas acciones se requiere que su marca este inscrita en el Registro, por el titular de la marca.
Estos procedimientos se tramitarán ante el Juzgado de lo Mercantil correspondiente al domicilio del supuesto infractor.
Y el perjudicado por el uso fraudulento de su marca cuenta con el plazo de cinco años para iniciar estas acciones contra la persona que está vulnerando su marca.
Estas acciones se refieren a la esfera civil del derecho, pero también como titulares de nuestra marca, podemos recurrir en última instancia, a la vía penal, si la acción fuera constitutiva de delito relativo a la propiedad industrial.
El Código Penal castiga con una pena de hasta 4 años de prisión y multa al que con fines industriales o comerciales, sin consentimiento del titular del derecho de marca registrado y con conocimiento del registro lleve a cabo una serie de conductas, tasadas por la ley penal,  que infringen gravemente este derecho.
En conclusión, si un tercero utiliza vuestra marca o signo distintivo para comercializar sus productos u ofrecer sus servicios con vuestra marca, y sin vuestro consentimiento, tenéis a vuestro alcance diversas acciones para evitar que continúe aprovechándose indebidamente de vuestro derecho.
Pero lo primero, para poder proteger vuestra marca, es registrarla!! No lo olvidéis!
Espero que os haya resultado útil y cualquier duda, aquí estamos.
Fdo.- Ana Belén Spínola Pérez
ABOGADA Responsable del departamento legal de Adandlaw

Autor entrada: Mónica

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3 thoughts on “Legalidad: Qué puedo hacer si usan mi marca? Tipos de infracciones y acciones para defender mi derecho

    Sonia

    (11 mayo, 2020 -4:51 pm)

    Mi duda es, si para registrar la marca, tienes necesariamente que vender un producto o servicio. En mi caso, no vendo nada, pero si estaría interesada en registrar mi marca. ¿ Es posible?

      Mónica

      (11 mayo, 2020 -5:51 pm)

      No es necesario en absoluto vender nada para registrar tu marca. Puedes hacerlo perfectamente para tu marca personal, por ejemplo 🙂

    Antonio

    (23 enero, 2024 -11:52 pm)

    Un. modelo de carta por utilizar mis marcas registradas y activas

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